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Relación entre la Escuela y los Porteros

La portera de la escuela pidió que se pintara la casa, ¿corresponde a cooperadora?

si la respuesta es correcta por favor indíqueme de que subsidio habría que utilizar los fondos.
Aclaro que en vacaciones de verano tuvimos que hacerle levantar la pared medianera con un costo de $350.00 porque quisieron entrar a robar por allí, y por razones de seguridad se lo hicimos, pero me parece que no tendríamos que hacernos cargo de la pintura porque es su vivienda particular, agradecería cuanto antes la respuesta, muchas gracias

Andrea Nieto, secretaria de la Asociación Cooperadora
Escuela N° 22 DE 7 Ciudad de Bs. As.
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Esta Respuesta nos llegó de una Cooperadora de la Pcia de Buenos Aires, pero la publicamos igual pues nos parece sumamente útil la información que brinda

Estimado Rubén: De acuerdo a esta consulta, debería decirte que es muy útil utilizar el sentido común. No existe ninguna disposición legal que exija a la Asoc. Cooperadora a hacerse cargo de NINGUN tipo de costo extra hacia una portera. La mencionada persona es personal efectivo que depende de La Plata, lugar por donde, mensualmente, le envían su recibo de haberes y, a través del Bco. Pcia. cobra su dinero. Es más ni siquiera debería haberse costeado el costo de la medianera. Como sucedería con cualquier vecino, el costo debería haberse dividido en dos. La inseguridad acecha tanto su casa como la escuela. Creo que es realmente un abuso de parte de la portera por más que cumpla el rol de casera. Si así es, la Cooperadora, oportunamente habrá negociado con ella un monto fijo a abonarle en forma mensual por el trabajo de casera, mantenimiento, vigiladora o como lo quieran designar.
Cabe aclarar también que, no está permitido, al menos en el estatuto de Cooperadoras, poseer una persona que se ocupe del mantenimiento. No significa ésto que ninguna escuela lo tenga, pero legalmente no es lo correcto. Esa persona no está amparada, por la Cooperadora, con un ART, ni se le hacen aportes, ni se le paga jubilación, etc. Es justamente por ese motivo que no está permitido. Si el acuerdo es verbal y de buena fe, ambas partes se hacen cargo de la relación laboral. Tené en cuenta también que, si esta persona se cae y se rompe una pierna, la Cooperadora no tiene porqué hacerse cargo.
Si a diferencia de la portera el tema fuese con una casera, la cosa no es demasiado distinta. Existirá seguramente un acuerdo verbal por ambas partes y la Cooperadora le abonará, de acuerdo a lo pautado, su salario, el cual obviamente será en negro y con un comprobante que, desde ya, no es legal. Sólo es válido para asentar la salida de dinero en la contabilidad del mes. No existe ninguna otra obligación por parte de la Cooperadora ni ningún otro derecho por parte de la casera. Todo, absolutamente todo lo que se haga, deberá ser de común acuerdo y repartiendo los gastos 50 y 50, salvo que exista algún acuerdo prefijado por ambas partes. Espero haberte ayudado en algo.

Quedo a disposición para cualquier consulta. (Deciles que no larguen un mango. El mundo está lleno de vivos y cada día florece alguno nuevo...)
Hasta pronto.
Marina.
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Modificado por última vez enMartes, 15 Mayo 2007 11:13
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