Respuesta a Rescición de Contrato

Los contratos de explotación de quiosco en cualquiera de sus categorías , fotocopia, librería, golosinas, etc, deben regirse en Buenos Aires por la Resolución 315 emanada del Consejo
General de Educación.
Podés hallar en la Dirección de Cooperación Escolar una copia de esta Resolución y sus modificatorias.
Los contratos de explotación de quiosco no son contratos comerciales, enmarcándose más en uso precario y revocable de un edificio escolar, por lo cual las contrataciones  no pueden exceder los dos años de locación, sujeto obviamente  a las cláusulas estipuladas en la
normativa vigente.
Dependiendo de donde seas, podés ir personalmente al Área Legal de la  Dirección de Cooperación Escolar (Calle 12 y 51 piso 14 de la Ciudad de La Plata) o bien enviar un email con tu pedido a la dirección de cooperación escolar

Modificado por última vez enMiércoles, 12 Octubre 2011 23:01