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- Misión de las Asociaciones Cooperadoras

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Misión de las Asociaciones Cooperadoras 
Como institución esencial de cooperación escolar, su función primaria y natural es la de "concurrir a la erradicación de todas aquellas causales que inciden desfavorablemente en los educandos como tales, mediante las prestaciones denominadas genéricamente de ayuda escolar ..." (1)
Está dentro de sus funciones la participación en los programas generales de ayuda escolar que emanen del Ministerio de Educación.

Es importante señalar que de manera explícita se destaca en la reglamentación que no tendrán injerencia en los aspectos técnicos administrativos o disciplinarios de las escuelas, salvo en los casos en que le sea expresamente requerida.

Así, la acción de estas entidades debe ser fundamentalmente orientada al mejoramiento de las condiciones materiales e infraestructura de la escuela, sin embargo tal como señalaba Gertel (1988) en el Congreso Pedagógico de 1987, es necesario que la cooperadora tenga una participación real dentro del sistema integral de la educación pública, cumpliendo un rol más relevante en la búsqueda del bienestar de la comunidad que interactúa con la misma. Este objetivo coincide con la búsqueda de igualdad de oportunidades.

Objetivos de las Asociaciones Cooperadoras

Coordinar su actividad con los sectores económicos de la comunidad.
Financiar, administrar o participar en comedores escolares.
Establecer un sistema de becas que haga factible la prosecución de los estudios a los alumnos carenciados.
Establecer servicios de asistencia médica.
Financiar o cooperar en la financiación de planes de turismo y/o excursiones educativas.
Distribuir entre los alumnos que no pueden adquirir los útiles, libros y demás elementos didácticos que les sean necesarios y procurar su venta a un precio razonable entre el resto.
Construir centros de recreación extra escolar.
Adquirir materiales necesarios para el funcionamiento escolar y el mantenimiento del edificio escolar.
Encarar cualquier forma de asistencia a los alumnos o sus familias.
(1) Decreto 4767/72, art.1º.

"Acerca de la vida asociativa: la particularidad de las cooperadoras escolares"

Claudio Fardelli Corropolese

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