- Comedores y Becas Ciudad de Bs.As

Instrucciones para Cooperadoras Escolares de la Ciudad de Buenos Aires
Publicado por la DIGECOES en setiembre de 2002

      
 Nota del editor: los anexos que indica el presente documento aún no han sido recibidos por lo que no están publicados.
 
En los últimos años se ha producido un deterioro en el nivel socioeconómico de nuestra sociedad que repercute directamente en las familias a través del desempleo o la pérdida de estabilidad laboral, afectando directamente la economía familiar. Por lo tanto, el objetivo fundamental es contribuir a aliviar dicho cuadro de situación, a través de un sistema flexible de asignación de becas que garantice que las mismas lleguen específicamente a todos aquellos que reúnan los requisitos y en especial a quienes más lo necesitan: los niños de familias de escasos recursos.
El presupuesto asignado a Comedores Escolares se ha ido incrementando en los últimos años, pero no es ilimitado, por lo que es fundamental una buena administración del mismo para poder cumplir con el objetivo mencionado ante la demanda constante de nuevas becas.

En este contexto dos herramientas indispensables para un correcto, justo y rápido ajuste de las diferencias entre las raciones solicitadas a los concesionarios y los alumnos presentes en el comedor, lo constituyen la comparación mensual entre la PLANILLA INDICATIVA y los CUADROS MENSUALES DE ASISTENCIA, para determinar el ausentismo promedio a los efectos de lograr estimaciones cada vez más precisas, que tiendan al logro de una política redistributiva y solidaria hacia los sectores sociales más desprotegidos.

A) PLANILLA INDICATIVA

Forma de realizar los pedidos:
Art. 25: El personal de conducción de cada escuela o colegio, entregará al adjudicatario, con una anticipación de cinco (5) días a la finalización del mes y en función de la media de asistencia del igual mes del año anterior, una planilla indicativa, discriminando la cantidad de servicios que se prevé servir en forma diaria a los alumnos becados (indicando tipo de beca) y personal autorizado, durante el transcurso del mes siguiente, con excepción del primer mes de prestación que le será entregada dentro de dos (2) días anteriores al fijado para su comienzo.- Esta información deberá complementarse con la similar correspondiente a los servicios a proveer a alumnos no becados y personal no autorizado del establecimiento educativo.-

Para el servicio de desayuno/merienda las autoridades escolares consignarán en la Planilla Indicativa las cantidades de cada uno de sus componentes, cantidades éstas que podrán diferir una respecto de la otra. (En la práctica se ha observado una tendencia de los alumnos a un mayor consumo del sólido en detrimento del líquido, razón por la cual el pedido al concesionario por medio de la planilla indicativa se puede hacer en forma separada, de acuerdo a la experiencia de consumo de cada establecimiento)
El adjudicatario aceptará las modificaciones que en cuanto a mayor o menor número de servicios le determinen las autoridades escolares o la Dirección General de Cooperadoras y Comedores Escolares, dentro de las cantidades máximas autorizadas, hasta veinticuatro (24) horas antes del día en que deba hacerse efectiva la prestación. Las cantidades estimadas que surgen de la Planilla Indicativa y las modificaciones que se realicen, incluso las referidas a las cantidades de cada componente del desayuno/merienda, deberán quedar asentadas en el Libro de órdenes fijado en el Art. 44, siendo éste el único medio de control fehaciente para ambas partes.
En el caso que los alumnos presentes excedan las raciones estimadas por las autoridades escolares, se comunicará tal circunstancia al representante de la empresa. El adjudicatario garantizará que siempre se contará con las raciones necesarias.

Las autoridades escolares deberán remitir a la Dirección General de Cooperadores y Comedores Escolares dentro de los tres días hábiles posteriores a la finalización del mes, copia de la PLANILLA INDICATIVA Y DEL CUADRO MENSUAL DE ASISTENCIA AL COMEDOR. (ver Anexo)

B) REGISTRO DE ASISTENCIA A COMEDOR. CUADRO MENSUAL DE ASISTENCIA A COMEDOR.
El CUADRO MENSUAL DE ASISTENCIA AL COMEDOR deberá ser completado diariamente cubriendo cada casillero de los alumnos por tipo de beca, personal docente autorizado, no autorizado y alumnos no becados. Se entiende que se refiere a cantidad de personas realmente presentes en el comedor.
Las autoridades escolares deberán remitir a esta Dirección General dentro de los tres días hábiles posteriores a la finalización del mes, copia de la PLANILLA INDICATIVA Y DEL CUADRO MENSUAL DE ASISTENCIA AL COMEDOR. La falta de envío de dicha información dentro de los plazos previstos y/o la falsedad de los datos que surgen de tales registros, será informada a la Subsecretaría de Coordinación de Recursos y Acción Comunitaria para su posterior elevación a la Secretaría de Educación, a efectos de aplicar las sanciones que correspondan.

OTORGAMIENTO DE BECAS{mospagebreak}

SOLICITUD DE BECA
La recepción de las solicitudes, debidamente cumplimentadas, podrá ser efectuada a partir de la primera quincena de noviembre para favorecer su estudio por la Comisión correspondiente y por el equipo de Asistentes Sociales que depende de esta Dirección General.
Recordamos que es imprescindible completar la totalidad de los datos solicitados ya que este formulario obra como declaración jurada y debe estar firmado y fechado por el solicitante, incluyendo Nº de documento del alumno en cuestión; caso contrario no se recepcionarán las mismas.
Deberán estar expresamente indicados los datos e ingresos mensuales de todos los convivientes e integrantes del grupo familiar.

DOCUMENTACIÓN A ACOMPAÑAR A LA SOLICITUD
-Copia actualizada de los recibos de haberes de los integrantes del grupo familiar.
En caso del desempeño de actividades que por su modalidad no permiten contar con dichos recibos o en caso que se encuentren en situación de desocupación laboral temporaria, la referida documentación se reemplazará por una declaración jurada de las personas mencionadas donde indique tareas que realizan, horario de trabajo, salario o jornales que perciben y/o la situación de desocupación; y se dará intervención al equipo de asistentes Sociales que depende de esta Dirección General, quienes podrán reconsiderar la necesidad de acreditar el cumplimiento de los requisitos, mediante otra documentación que determine la asistente interviniente.
Los que perciban subsidio por desempleo, acompañarán fotocopia del comprobante respectivo.
Copia del certificado de escolaridad de los hermanos que no concurran al mismo establecimiento educativo.
Cuando el grupo familiar esté integrado por más de un niño que concurra a escuela pública, la modalidad de beca a otorgarse se determinará de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente.
En los casos de reducción de ingresos del grupo familiar por atención de un integrante afectado por enfermedad crónica que requiera tratamiento continuo, a los fines de evaluar la situación, el requiriente acompañará constancia extendida por autoridad médica competente y copia de los comprobantes de gastos.

OTORGAMIENTO
El adjudicatario de beca total será, en forma prioritaria, aquel que tenga necesidades básicas insatisfechas.
Todas las consideraciones de problemáticas socioeconómicas deben ser evaluadas a través de las Asistentes Sociales que dependen de la Dirección General de Cooperadores y Comedores Escolares, quienes tendrán la facultad de solicitar comprobantes de egresos u otra documentación para cumplimentar el análisis de la beca.

APELACION
En el caso que los padres de un alumno no estuviera conforme con la decisión tomada por la Comisión de Becas, el interesado tiene una instancia de apelación en este organismo, presentando por escrito un pedido de reconsideración. En estos casos se dará intervención a la Asistente Social quien efectuará la evaluación correspondiente, realizando, si fuese necesario, una visita domiciliaria para recabar mayor información. Sobre la base del informe de la Asistente Social y lo actuado por la Comisión de Becas, la Dirección General elevará el caso a la Supervisión del Distrito Escolar correspondiente con su recomendación. El supervisor del Distrito Escolar evaluará finalmente y comunicará a la Escuela y a esta Dirección lo resuelto.

PROCEDIMIENTO DE NOMINAS Y FORMULARIOS
De constituirse la Comisión de Becas según lo establecido en el Art. 15 de la Ordenanza Nº 43.478 modif. Ord. 45.518 se deberá remitir a la Dirección General la nómina de los integrantes de la Comisión para el otorgamiento de becas.
A los efectos de coordinar la información requerida sobre alumnos becados, se solicita el envío a esta Unidad de Organización el Cuadro Resumen de Becas y la Nómina de Alumnos Becados dentro de la tercera semana de iniciado el ciclo lectivo.

FORMULARIOS (ver Anexo)
SOLICITUD DE ALTA: Pedido de aumento en la cantidad de Becas autorizadas.
COMUNICACIÓN DE BAJAS: Reducción en la cantidad de Becas.
CUADRO RESUMEN: Toda vez que se produzcan modificaciones en las Becas y que no altere el total de becas adjudicadas, se elevará el respectivo cuadro completado en todos los rubros.
En los casos de Solicitud de Alta, Comunicación de Bajas o de modificación en las becas, los correspondientes formularios deben ser acompañados por una nómina de los alumnos en cuestión.

PROCEDIMIENTO POR PASE DE ALUMNO BECADO DURANTE EL PERÍODO ESCOLAR:{mospagebreak}
En caso de que un alumno becado pase a otra escuela del ámbito capitalino que cuente con servicios similares la escuela de origen comunicará la baja a la Dirección General. Simultáneamente entregará a los responsables del alumno la solicitud original quedando en el establecimiento una fotocopia autenticada de la misma, firmada por quien retira. Con esa solicitud, donde consta el otorgamiento de la beca, se tramitará la beca respectiva en el establecimiento donde gestionó la vacante.
El alumno se traslada con la beca, que quedará a confirmación por la Comisión de Becas de la nueva escuela. Las respectivas autoridades darán aviso del pedido de alta a la Dirección General, indicando la escuela de la cual procede.
Solo la Dirección General de Cooperadoras y Comedores Escolares, por motivo de pase de alumnos becados, otorgará o dará de baja las becas.

NOTA: El sistema de Becas se aplica al servicio de comedor, vianda, refrigerio, colación, ya que el servicio de desayuno/merienda es gratuito para todos los niños que lo consuman y asistan a la escuela.

CONFORMACIÓN DE LA COMISIÓN DE COMEDOR:
La Comisión de Comedor de las escuelas que poseen servicios alimentarios serán conformadas por: la Vicedirección del establecimiento y en ausencia de ésta, por las Secretarias, a los efectos legales que puedan surgir de las Actas que se confeccionen, deben ser integradas por un mínimo de 2 (dos) y un máximo de 3 (tres) padres, socios o no de la Asociación Cooperadora, designadas por la Conducción Docente, y un mínimo de 2 (dos) y un máximo de 3 (tres) padres socios de la entidad elegidos por la Comisión Directiva de ésta.

Dicha Comisión tiene la facultad de realizar la supervisión de las prestaciones de los distintos servicios alimentarios: comedor, vianda, desayuno y/o merienda, colación y refrigerio; debiendo remitirse a las autoridades del establecimiento antes de ingresar a la cocina e informar siempre sobre la situación verificada.


PRINCIPALES FUNCIONES DE CONTRALOR DE LA COMISIÓN DE COMEDOR:
-  Horario de prestación de los servicios:
- Comedor/vianda: Determinado por la Conducción del establecimiento con límite de tolerancia de 30 minutos (incluye horario de recepción de la mercadería).
- Desayuno: En horario del primer recreo o en el que haya sido establecido como adecuado por las autoridades escolares.
- Merienda: En horario del último recreo o en el que haya sido establecido como adecuado por las autoridades escolares.
- Refrigerio: horario fijado por la Conducción Docente de acuerdo a las reales necesidades del alumnado.

2. Recepción de mercadería: controlar cantidad y calidad:

Los alimentos y/o ingredientes correspondientes al menú del día de la fecha deben ser enviados junto con un remito de mercadería donde debe constar: el número de raciones y cantidades de alimentos enviados.
Para verificar que se envió la cantidad de mercadería adecuada, se debe multiplicar el Peso Bruto (PB estipulado en Pliego de bases y condiciones - PByC -) por la cantidad de Raciones autorizadas u otorgadas a la escuela; el resultado de dicha multiplicación es el gramaje que debe recibirse de cada alimento.
Los alimentos deben ingresar en perfecto estado de conservación y empaquetamiento con sus respectivos registros (R.N.E. y R.N.P.A.) y con sus fechas de elaboración y/o vencimiento en vigencia.

Se realizarán controles de tipo organoléptico (sabor, color, olor). En caso de dudas a las respecto de las características de los alimentos comunicarse al Departamento de Nutrición a los teléfonos: 4339-7742 / 7825.

3. Control de gramaje del plato servido:
A los efectos de la verificación del gramaje de los alimentos, en cada establecimiento escolar el concesionario deberá proveer de una balanza, la que deberá encontrarse en perfecto estado de funcionamiento y calibrada.

Para una distribución adecuada de la comida se aconseja crear o servir una ración del menú o "plato testigo" que cumpla con el gramaje estipulado por PByC. Este plato servirá de guía para la correcta distribución en el resto de las raciones.

Para comprobar el gramaje del servicio brindado se toman 5 platos servidos o más al azar, antes que llegue el plato a la mesa o al niño, se pesan y anotan descontando el peso del plato de loza, se verifica con lo estipulado en el PByC. Se considerará gramaje inferior cuando se compruebe en 3 platos o raciones un peso inferior en más del 10% al gramaje establecido en el pliego.

4. Verificar condiciones generales de higiene:
Verificar la limpieza e higiene general de las instalaciones de cocina y comedor, vajilla e utensilios, etc., así como la del personal.
Vigilar el manipuleo de los alimentos y preparaciones (ver consignas bromatológicas adjuntas)

5. Controlar el ingreso de personas a la cocina:
No deberán ingresar a la cocina de los establecimientos educativos donde se elaboren comidas, personas ajenas a la misma, con excepción de los miembros de la Comisión de Comedor.

En ningún momento la verificación puede obstaculizar el trabajo del personal y/o intervenir en la organización del servicio.

REGISTRO DE ANOMALÍAS
Toda anomalía detectada deberá registrarse en el libro de ordenes enviado por la empresa al establecimiento o en su defecto en el libro de Actas de la escuela.

Consignas Bromatológicas:{mospagebreak}
La empresa es responsable de la capacitación del personal de cocina, pero la Comisión de Comedor, en la supervisión diaria, debe exigir las normativas básicas bromatológicas, que son indispensables para asegurarnos una alimentación adecuada y el vehículo de nutrientes frescos, vale repetir: "en perfecto estado para el consumo".

Normativas:

  • Que el ingreso de la mercadería se realice únicamente por la mañana. No debe permitirse el ingreso de víveres fuera del horario estipulado.
  • Los vehículos que transportan los alimentos que se conserven en frío deben tener equipo de refrigeración.
  • Controlar de inmediato las fechas de elaboración y vencimiento de los víveres recibidos. Excepción: carnes, huevos, verduras y frutas.
  • Que los alimentos frescos recepcionados no permanezcan mas de 2 hs fuera de la heladera.
  • Evitar el contacto de alimentos crudos como las carnes o verduras sin lavar con alimentos cocidos o listos para ser consumidos.
  • Toda persona que trabaje en manipulación de alimentos deberá mantener una esmerada higiene tanto personal como en su indumentaria.
  • Toda persona que trabaje en manipulación de alimentos deberá lavarse las manos de manera frecuente y minuciosa con un producto de limpieza autorizado y con agua potable. Lavarse las manos antes de iniciar el trabajo, inmediatamente después de manipular algún material contaminado y todas las veces que sea necesario.
  • En las zonas donde se manipulen alimentos deberá prohibirse todo acto que pueda dar lugar a una contaminación de los mismos ( fumar, tomar mate, u otras prácticas antihigiénicas).
  • Por ninguna causa podrán hallarse ropas ni efectos personales en las áreas de manipulación de alimentos.
  • Los productos de limpieza y/o desinfección estarán depositados en un ambiente destinado a tal efecto y en ningún caso podrán estar cerca o en contacto con productos alimenticios. Estos y los elementos de higiene personal serán provistos por el concesionario.
  • Observar que el área de recepción esté iluminada, fresca y libre de insectos.
Que el ingreso de la mercadería se realice únicamente por la mañana. No debe permitirse el ingreso de víveres fuera del horario estipulado.
  • Los vehículos que transportan los alimentos que se conserven en frío deben tener equipo de refrigeración.
  • Controlar de inmediato las fechas de elaboración y vencimiento de los víveres recibidos. Excepción: carnes, huevos, verduras y frutas.
  • Que los alimentos frescos recepcionados no permanezcan mas de 2 hs fuera de la heladera.
  • Evitar el contacto de alimentos crudos como las carnes o verduras sin lavar con alimentos cocidos o listos para ser consumidos.
  • Toda persona que trabaje en manipulación de alimentos deberá mantener una esmerada higiene tanto personal como en su indumentaria.
  • Toda persona que trabaje en manipulación de alimentos deberá lavarse las manos de manera frecuente y minuciosa con un producto de limpieza autorizado y con agua potable. Lavarse las manos antes de iniciar el trabajo, inmediatamente después de manipular algún material contaminado y todas las veces que sea necesario.
  • En las zonas donde se manipulen alimentos deberá prohibirse todo acto que pueda dar lugar a una contaminación de los mismos ( fumar, tomar mate, u otras prácticas antihigiénicas).
  • Por ninguna causa podrán hallarse ropas ni efectos personales en las áreas de manipulación de alimentos.
  • Los productos de limpieza y/o desinfección estarán depositados en un ambiente destinado a tal efecto y en ningún caso podrán estar cerca o en contacto con productos alimenticios. Estos y los elementos de higiene personal serán provistos por el concesionario.
  • Observar que el área de recepción esté iluminada, fresca y libre de insectos.
  • NOTA: La comisión de comedor debe respetar las consignas bromatológicas anteriormente citadas.

    Las Normas, Leyes y Reglamentaciones que figuran en este sitio, fueron recogidas por nosotros o enviadas por cooperadores voluntariamente. Le sugerimos que las tome como "modelos" -salvo expresa indicación- pues las mismas pueden ser modificadas y no siempre estarán actualizadas en el momento

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