Estatuto ex-alumnos Modelo

Asociación de Ex-Alumnos Consejo Provincial de Educación de la Provincia de Chubut - artículo Nº 147

La escuela ha de cumplir fundamentalmente una función de carácter social. Este imperativo surge de la índole del sujeto de la educación, del hombre, integrado en una comunidad y por la naturaleza exclusivamente social del hecho educativo que en el seno de la comunidad, por ella y para ella se realiza, y por la condición de la propia escuela, comunidad vital y educativa, inmersa en el medio social al que sirve.

Para vigorizar y afianzar su proyección en el campo social, la escuela ha de crear las instituciones destinadas a desarrollar sentimientos y prácticas de solidaridad y convivencia, al par que contribuyan a la solución de problemas de orden: material y espiritual. En la primera de estas tareas la acción de las asociaciones cooperadoras ha superado las expectativas más optimistas. La segunda estaría, básicamente, reservada a las asociaciones de ex alumnos, asignándoles una misión de marcado contenido espiritual en la realidad escuela - comunidad.

Para que esto sea realidad la escuela debe obrar con criterio definido en cuanto a lo que aspira y espera de sus ex alumnos. Más allá de lo que pudiera significar la ayuda material, los ex alumnos - producto del servicio- han de constituir la prolongación de la escuela y la realidad palpitante de sus logros encarnado en el ser social que, actuando, hace realidad los principios de amistad, compañerismo y solidaridad. Organizar y mantener la asociación de ex alumnos ha de constituir, en alguna medida, un desafío a que cada escuela pruebe la proyección de su obra en orden a valores tan significativos.

A continuación se brinda un proyecto de Estatuto para esta Asociación, sobre la base del mismo y con las adaptaciones que cada caso particular requiera, se podrá redactar el que más convenga al medio donde deberá desplegar su actividad.

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