Día de la Cooperación escolar

DIA DE LA COOPERACIÓN ESCOLAR 
  
Resolución Nº 1005 del 9 de mayo de 1968

VISTO, la labor meritoria que desarrollan los grupos comunitarios en torno a los establecimientos educacionales de la Provincia, organizados en entidades pro y coescolares, y;

CONSIDERANDO:

Que la Cooperación resulta socialmente eficaz a los fines de la convivencia y educación, porque supone la subordinación de los intereses individuales de los hombres al interés y al bienestar general;

Que tal factor de positividad se expresa en el ámbito de la Cooperación Escolar, mediante la identificación de los intereses de padres y maestros y la concreción de la misión concordante de la escuela y el hogar, estableciendo un vínculo que proyecte la acción cultural y espiritual de la escuela sobre la familia y la sociedad;

Que las entidades de coescolaridad aspiran a lograr todo aquello que beneficia al alumno y al establecimiento y son un medio eficaz para recoger las inquietudes de la comunidad y transmitirlas a la institución escolar;

Que en virtud de lo antes señalado se torna imprescindible consagrar una fecha a la conmemoración de esta loable actividad, para lo cual debe considerarse como primer antecedente válido el 15 de octubre de 1816, fecha recordada como la de constitución, en la frontera de Chascomús, de la Primera Junta Vecinal de Ayuda a las Escuelas, organismo que es estimado precursor de las actuales instituciones de coescolaridad;

POR ELLO, EL MINISTRO DE EDUCACIÓN, RESUELVE:

  • ARTICULO 1º - Establecer el 15 de octubre como "Día de la Cooperación Escolar"
  • ARTICULO 2º - Incluir la fecha indicada en el apartado 1º en el Calendario Escolar, a efectos de que en los establecimientos educacionales de la Provincia de Buenos Aires, se dicte una clase alusiva;

Alfredo Jerónimo Tagliabúe-Ministro de Educación

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