Transferencia de Fondos - Resolución Nº 298

Valora este artículo
(0 votos)

LA PLATA, 10 de marzo de 2006
Visto el Expediente Nº 5847-948900/06 Alcance 1; y,
CONSIDERANDO:
Que por estas actuaciones se tramita la transferencia de fondos a las Asociaciones Cooperadoras y Consejos Escolares, en virtud de la aplicación de lo dispuesto en la Resolución N° 297 de fecha 09/03/06, por la cual se creó el Fondo Escuela; 

Que en la mencionada Resolución se establece que el Fondo Escuela se asignará a cada establecimiento según el tipo de servicio y su matrícula;

Que la Dirección Provincial de Planeamiento informa los datos de matrícula por establecimiento necesarios para el cálculo del importe a transferir a cada uno de ellos;

Que las Direcciones de Cooperación Escolar y de Consejos Escolares, dependientes de la Dirección Provincial de Política Socio-Educativa proporcionan los datos de las cuentas bancarias destinatarias de las transferencias a realizar;

Que en uso de las facultades conferidas por el artículo 33 incisos e) y f) de la Ley 11.612, puede dictarse el presente acto administrativo;

Por ello,
LA DIRECTORA GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN
R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º: Aprobar el gasto de la suma de PESOS NUEVE MILLONES CIENTO SETENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS ($ 9.171.400), en concepto de transferencia a las Asociaciones Cooperadoras de los establecimientos indicados en el Anexo I, que consta de 59 fojas, y que forma parte integrante de la presente Resolución, en el marco de lo establecido en la Resolución de creación del FONDO ESCUELA.
ARTÍCULO 2º: Aprobar el gasto de la suma de PESOS UN MILLÓN NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL ($1.959.000), en concepto de transferencia a los Consejos Escolares indicados en el Anexo II, que consta de 18 fojas, y que forma parte integrante de la presente Resolución, quienes distribuirán a los establecimientos educativos citados en el mismo Anexo II, los importes que a cada uno corresponda, en el marco de lo establecido en la Resolución de creación del FONDO ESCUELA.
ARTÍCULO 3°: Autorizar a la Dirección de Contabilidad y Finanzas a librar Ordenes de Pago hasta alcanzar la suma total de PESOS ONCE MILLONES CIENTO TREINTA MIL CUATROCIENTOS ($11.130.400), para depositar a los beneficiarios determinados en los ANEXOS I y II de la presente.
ARTÍCULO 4°: Autorizar a la Dirección de Contabilidad y Finanzas a establecer, conjuntamente con el Banco de la Provincia de Buenos Aires, los mecanismos necesarios para que por su intermedio se realicen las transferencias a las cuentas bancarias de cada una de las Asociaciones Cooperadoras y Consejos Escolares enumerados en los ANEXOS I y II de la presente, respectivamente.
ARTÍCULO 5º: Determinar que el gasto que demanda la ejecución de lo establecido por el artículo primero de la presente, será atendido con la siguiente imputación: PRESUPUESTO GENERAL EJERCICIO AÑO 2006 ? Ley N° 13.403 ? Decreto N° 3340/05 ? Jurisdicción 11.220 ?Jurisdicción Auxiliar 00 ? Entidad 050 ? Finalidad 3 ?Función 4 ? Fuente de Financiamiento 1.1 ? ACE 0008 ? Partida 5.1.7.001 ? Subsidios a Asociaciones Cooperadoras.
ARTÍCULO 6º: Determinar que el gasto que demanda la ejecución de lo establecido por el artículo segundo de la presente, será atendido con la siguiente imputación: PRESUPUESTO GENERAL EJERCICIO AÑO 2006 ? Ley N° 13.403 ? Decreto N° 3340/05 ? Jurisdicción 11.220 ?Jurisdicción Auxiliar 00 ? Entidad 050 ? Finalidad 3 ?Función 4 ? Fuente de Financiamiento 1.1 ? ACE 0008 ? Partida 5.1.7.011 ? Subsidios a Consejos Escolares. 
ARTÍCULO 7º: Establecer que los fondos transferidos deberán ser utilizados y rendidos de acuerdo con lo estipulado en los artículo tercero y sexto respectivamente, de la Resolución N°297/06 de creación del FONDO ESCUELA.
ARTÍCULO 8º: La presente RESOLUCIÓN será refrendada por el Señor Subsecretario Administrativo de este Organismo.
ARTÍCULO 9°: Registrar esta RESOLUCIÓN que será desglosada para su archivo en la Dirección de Coordinación Administrativa, la que en su lugar agregará copia autenticada de la misma. Comunicar a las  Subsecretarías de Educación y Administrativa, a la Auditoria General, a las Direcciones Provinciales de Infraestructura Escolar, de Política Socio-Educativa, a la Dirección General de Administración, a la Dirección de Comunicación y Prensa, a la Dirección de Consejos Escolares y por su intermedio a todos los Consejos Escolares, a la Dirección de Cooperación  Escolar y por su intermedio a las Asociaciones Cooperadoras correspondientes. Cumplido, remítase a la Dirección de Contabilidad y Finanzas a sus efectos.

RESOLUCION Nº   298
 
Fuente: Federación de Cooperadoras Escolares de Hurlingham