Sobre el Fondo Único Descentralizado de Educación. Ley Nº 3372/09.

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SEÑOR/A DIRECTOR/A
SEÑORES COOPERADORES
Respecto de la asignación de fondos a las escuelas le informamos lo siguiente:

1.
Durante el mes de marzo 2010 se enviarán los fondos en concepto de subsidios para las Asociaciones Cooperadoras correspondientes a:

a) Material didáctico 1º cuota 2010
b) Equipamiento 1º cuota 2010
c) Didáctico / Equipamiento Escuelas con Intensificación y Club de Ciencias.
d) Mantenimiento Edilicio 1º cuota 2010
e) Didáctico y Equipamiento - Orquestas Infantiles/Juveniles.
f) Transporte para Escuelas Especiales, Plan Natación y Artísticas
Para poder percibir estos fondos deben haberse rendido los subsidios percibidos al 31 de Diciembre de 2008 por idéntico concepto.

2.
Se considerarán como presentadas las rendiciones que cumplan con los siguientes requisitos básicos:
a) tener gastado el 80% del total recibido, incluyendo en este porcentaje el saldo de la cuota anterior si correspondiera;
b) que se encuentren adjuntas las fotocopias de los comprobantes de gastos superiores a $ 200.- (pesos doscientos), que las mismas sean fotocopias de los originales, debidamente firmados por el Tesorero/a y por el Asesor Natural de la Asociación Cooperadora;
c) que se adjunten los 3 (tres) presupuestos requeridos por las Disposiciones Nº 50 y Nº 11- DGPySE- 09, según corresponda;
d) que todas las fotocopias estén autenticadas por la Conducción Docente con la leyenda “es copia”;
e) que la Planilla Anexo “A” cuente con todos los datos identificatorios y que todas las firmas se encuentren en original.

3.
Respecto al uso del subsidio de mantenimiento se solicita que se mantenga informado al arquitecto distrital de su escuela de los gastos a realizar si los mismos son
planificables y de los gastos ya realizados en casos de emergencia. El objetivo es mantener actualizado el historial de cada edificio y lograr un mejor aprovechamiento y uso de los recursos entre las escuelas y las DG de “Programación Edilicia y Asistencia a las Escuelas” y “Proyectos y Obras”.

4.
La nueva normativa respecto a subsidios (FUDE Ley 3372/09) fue publicada en el Boletín Oficial del 09/02/10. Esta Dirección General, conjuntamente con las Direcciones Generales de Coordinación Legal e Institucional, de Programación Edilicia y Asistencia a las Escuelas y Sector de Normativa de al Dirección General de Planeamiento Educativo, se encuentran abocadas a su reglamentación.

5.
Por lo expuesto y hasta tanto se finalice con la reglamentación de la citada ley, las 1ras. Cuotas de los Subsidios del Año 2010 han sido tramitadas con la normativa tradicional, vigente en diciembre 2009.
6.
A raíz de varias consultas realizadas por escuelas, hemos analizado en esta Dirección General el alcance del subsidio de material didáctico y entendemos que los libros de
temas y los boletines de calificaciones forman parte del proceso de enseñanza – aprendizaje de los alumnos y están incluidos en la descripción del art. 1º del decreto reglamentario 1936/89 reglamentario de la ordenanza 43410