Logo
Imprimir esta página

Resolución mejoramiento de los Servicos alimentarios de las Escuelas

Valora este artículo
(0 votos)

BUENOS AIRES
VISTO  la grave situación de emergencia social por la que atraviesan las escuelas mas carenciadas del país, y
CONSIDERANDO:
Que es función de este Ministerio garantizar la efectiva igualdad de oportunidades  educativas, promoviendo el ingreso, permanencia y egreso de todos los alumnos del país.
Que a través de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROGRAMAS COMPENSATORIOS se implementan Programas que promueven el mejoramiento de las condiciones de educabilidad de los niños provenientes de las familias más pobres del país, y que se encuentran en situación de grave riesgo educativo.
Que uno de los problemas que incide directamente en el desarrollo integral y en rendimiento escolar de los niños es la falta de una alimentación adecuada.
Que frente a esta problemática es necesaria la implementación tanto de acciones directas de apoyo alimentario a las escuelas, como de acciones para la promoción de hábitos alimentarios adecuados.
Que estas acciones se implementan frente a la situación de emergencia alimentaria y tienen como objetivo reforzar los servicios alimentarios con los que actualmente cuenta cada la escuela, beneficiando aquellas a las que asisten los niños en situación de mayor riesgo educativo.
Que ante la grave situación y con el objeto de dar una asistencia inmediata a esta problemática se ha comenzado a efectivizar la entrega de aportes financieros a través de la Resolución Ministerial Nº 118 de fecha  23  de abril de 2002.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que   la  presente  medida  se  dicta  en  uso  de  las  facultades  conferidas   por  la  Ley  de Ministerios (t.o.1992) y sus modificatorias.

Por ello,
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN, CIENCIA y TECNOLOGÍA RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Desarrollar en el ámbito de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROGRAMAS COMPENSATORIOS el Proyecto ?MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD DE LOS  SERVICIOS  ALIMENTARIOS   DE  LAS  ESCUELAS   EN  SITUACIÓN  DE  MAYOR VULNERABILIDAD SOCIOEDUCATIVA? conforme el ANEXO I que forma parte de la presente Resolución.
ARTICULO 2°.- Aprobar el desarrollo de las acciones de acuerdo a las instrucciones de gestión operativa conforme al ANEXO II que forma parte de la presente resolución, así como con las instrucciones específicas a ser dictadas en el corto plazo, en especial con lo relacionado con transferencias, saldos remanentes, rendiciones, inspecciones, controles  e incumplimientos.
ARTICULO 3°.- Regístrese, comuníquese, y por la DIRECCIÓN DE DESPACHO remítanse copias con valor de original a la DIRECCION NACIONAL DE PROGRAMAS COMPENSATORIOS para su conocimiento y  cumplido, archívese.

ANEXO I

PROYECTO DE MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS ALIMENTARIOS DE LAS ESCUELAS EN SITUACION DE MAYOR VULNERABILIDAD SOCIOEDUCATIVA.

A pesar de ser suficiente la disponibilidad de alimentos en el ámbito nacional para satisfacer las necesidades nutricionales de la población, las informaciones disponibles de consumo de alimentos provenientes de la encuesta de gastos de hogares revela para los sectores de bajos ingresos, una deficiente alimentación.
Según estudios realizados por la F.A.O.(Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación), presentados en el documento Perfil Nutricional de la Argentina (1999), el retraso en el crecimiento es mayor entre los niños que habitan en hogares pobres por NBI.
El trastorno nutricional más frecuente entre escolares y preescolares es el retraso del crecimiento por desnutrición crónica, expresado como déficit de la talla para la edad.
Las regiones en las que se concentran esas deficiencias de talla son las provincias del Noroeste y Noreste argentino .
Esta deficiencia es significativamente más alta entre los niños que asisten a escuelas públicas. También se observan diferencias entre escuelas urbanas y rurales siendo mayor la proporción de talla baja en escolares del área rural. Además en los departamentos de zonas rurales de las provincias del norte argentino con mayores índice de NBI se observa una clara coincidencia entre la deficiencia de talla en los escolares y  la repitencia escolar
En este contexto son necesarios tanto la implementación de programas alimentarios focalizados en los grupos más vulnerables como acciones para la promoción de hábitos alimentarios adecuados.
Según este diagnóstico existe una relación directa entre los problemas de déficit alimentario y el rendimiento escolar.
Por otro lado, esta problemática, se presenta con mayor fuerza en las áreas rurales.
Es función de este Ministerio promover a través de sus acciones compensatorias, el mejoramiento     de    las   condiciones   de    educabilidad    de  los  niños provenientes de las familias más pobres del país y que se encuentran en situación de grave riesgo educativo.
Por esto, y a fin de dar respuesta a los requerimientos de la comunidad educativa se implementan acciones inmediatas que mejoren la calidad de los servicios alimentarios que brindan las escuelas que atienden a la población más vulnerable del país.

Objetivo del Proyecto
Lograr condiciones de nutrición y desarrollo adecuadas de los niños que asisten a las escuelas en situación de mayor riesgo socio educativo, de Nivel Inicial y 1º y 2º ciclo de EGB., reforzando los servicios de alimentación, educación y vigilancia del crecimiento, brindando un servicio integral de calidad.

Objetivos específicos
Mejorar la calidad de los servicios alimentarios que brindan las escuelas destinatarias.(servicios de almuerzo y/o desayuno y/o merienda y/o cena)
Implementar acciones que fortalezcan las capacidades de la comunidad educativa, favoreciendo una adecuada alimentación para los niños de acuerdo a las necesidades y características locales, en articulación con otras áreas específicas nacionales y provinciales.
Promover acciones de seguimiento y vigilancia de la situación de crecimiento y desarrollo de los niños en articulación con organismos  nacionales y provinciales del área de salud.
Favorecer la Participación de referentes comunitarios y padres en el desarrollo de propuestas para la mejora de los servicios de alimentación en cada escuela y en la administración y utilización de los aportes financieros.

Escuelas beneficiadas {mospagebreak}
Escuelas beneficiadas
El proyecto focaliza su atención en todas las escuelas rurales y todas las escuelas hogares o con albergue anexo de las Provincias seleccionadas. Este universo de escuelas ha sido acordado y seleccionado conjuntamente con autoridades educativas de cada Provincia y revisado periódicamente en los diferentes procesos de refocalización.
En el caso de las escuelas que atienden población urbana  se focaliza la atención en aquellas seleccionadas por cada Provincia en el marco de las que atiende la Dirección Nacional de Programas Compensatorios y en función de un cupo de alumnos establecido de acuerdo a la a la situación socioeducativa de la misma.

Líneas de acción
?Apoyo financiero complementario destinado a mejorar la  cantidad y calidad del servicio de alimentación que brinda actualmente cada escuela. Dichos aportes serán enviados  directamente a cada institución escolar para su administración y utilización
?Asistir técnicamente a los equipos provinciales para la Implementación de acciones informativas y orientadoras, destinadas a docentes, no docentes y padres   con el objetivo de mejorar los conocimientos, actitudes y prácticas en relación con la alimentación y la nutrición de acuerdo a las necesidades y características de cada comunidad.
?Orientación para la elaboración y ejecución de propuestas institucionales y comunitarias que impacten directamente en la mejora de la calidad de los servicios alimentarios.
?Seguimiento y vigilancia nutricional de los niños de acuerdo a la relación talla, edad y peso, a través de la articulación con organismos nacionales y provinciales del área de salud.

ANEXO II
INSTRUCTIVO DE GESTION OPERATIVA
PROYECTO MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS ALIMENTARIOS DE LAS ESCUELAS QUE SE ENCUENTRAN EN SITUACIÓN DE MAYOR VULNERABILIDAD SOCIO-EDUCATIVA

El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, a fin de atender la emergencia alimentaria por la que atraviesan las escuelas más pobres, brinda un aporte financiero especial. Este aporte no reemplaza los otros aportes financieros o materiales que reciben habitualmente las escuelas para brindar el servicio alimentario, sino que complementa los recursos ya asignados.
Si la Autoridad Educativa Provincial cuenta con un referente de Comedores Escolares, se sugiere incorporarlo en el desarrollo de las acciones del Proyecto.
La función del Referente Provincial de la Dirección Nacional de Programas Compensatorios, será la de asesorar y acompañar a las escuelas orientando la utilización y ejerciendo el control de la rendición de los recursos financieros  que estas reciban. Del mismo modo, tendrá a su cargo la articulación con la D.N.P.C. a fin de facilitar el proceso de pago a las escuelas y la correspondiente rendición de los aportes.
La gestión integral del Proyecto en cada comunidad educativa requerirá de la participación y el compromiso de los Referentes Provinciales. El rol que desempeñen será fundamental para el correcto desarrollo de las acciones, garantizando que los recursos financieros sean efectivamente utilizados para dar respuesta a la emergencia alimentaria por la que atraviesan las escuelas más carenciadas de su Provincia.
En cada escuela, será el equipo directivo el encargado de la administración, utilización y rendición de los recursos financieros.

UTILIZACIÓN DE LOS APORTES FINANCIEROS

El aporte financiero, deberá ser utilizado exclusivamente para la compra de alimentos con el fin de reforzar los distintos servicios alimentarios que actualmente ofrece la escuela (desayuno, almuerzo, merienda ó cena.)
No podrá ser utilizado, bajo ninguna circunstancia para otra finalidad, como ser:
?El pago de deudas anteriores relacionadas con adquisición de alimentos y contratación de personal.
?La creación de nuevos servicios de comedor.
?La compra de combustibles.
?Fletes y cualquier tipo de gasto de transporte.
?La adquisición de elementos de limpieza.
?La compra de artículos para el funcionamiento de los comedores (vajilla, mobiliario, enseres y artefactos de cocina).
?La realización de obras de infraestructura.
?Cualquier otro concepto que no sea estrictamente ?alimentos?.

CRITERIOS DE PAGO
Son:
?Las escuelas hogar o con albergue anexo reciben $0,50 por alumno por día.
?Las escuelas rurales y urbano marginales reciben un promedio de  $0,25 por alumno por día.
?Se considera un pago mínimo de $200.- y un pago máximo de $4.000.- por escuela.

BENEFICIARIOS

Las escuelas y alumnos beneficiaros del Proyecto son:
?Todos los alumnos de las escuelas hogares o con albergue anexo y de las escuelas  rurales (Nivel E.G.B.1º y 2º).
?Un cupo de matrícula urbana que asiste a escuelas urbano marginales, seleccionadas oportunamente por cada Provincia en el marco de las escuelas que atiende el Ministerio con acciones compensatorias. Esta selección se avala con documentación respaldatoria firmada por la máxima autoridad educativa de cada Provincia.
El cupo se define calculando un determinado porcentaje de atención de la matrícula urbana que asiste escuelas de gestión pública, de acuerdo a la situación socioeducativa de cada Provincia

SISTEMA PARA EFECTIVIZAR EL PAGO DE LOS APORTES FINANCIEROS {mospagebreak}
SISTEMA PARA EFECTIVIZAR EL PAGO DE LOS APORTES FINANCIEROS

A.El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación, realizará las siguientes acciones:
1.Emitirá una Resolución de la Secretaría de Educación en cuyo anexo figurará la nómina de escuelas beneficiadas, los montos correspondientes a cada una y la Sucursal del Banco Nación
2.Transferirá el monto total a la cuenta ?Otros depósitos? a las sucursales bancarias informadas por las Provincias, para pagar a los establecimientos educativos beneficiados por el proyecto.
3.Generará y enviará en tiempo  y forma la siguiente documentación al Referente Provincial:
?Orden de Pago para cada escuela.
4.Generará la siguiente documentación que será enviada a cada sucursal bancaria:
?Planilla de Pago, con el detalle de las escuelas cuyo pago corresponda a esa sucursal.
?Recibo de Pago.
5.Informará a los Referentes Provinciales respecto de la efectiva acreditación de los fondos.
6.Recepcionará, con fines de registro y control,  las Planillas de Pago enviadas por  las sucursales bancarias, una vez efectivizados los pagos a todas las escuelas, en un plazo no mayor a 30 días corridos contados desde la fecha de efectiva acreditación de los fondos en las cuentas del Banco Nación.
7.Recibirá del Referente Provincial informes periódicos sobre las rendiciones presentadas por las escuelas, en un plazo no mayor a 60 días corridos contados desde la fecha de efectiva acreditación de los fondos en las cuentas del Banco Nación, y conforme las especificaciones que oportunamente se dicten.
8.Tendrá facultades para controlar mediante inspecciones in situ las rendiciones presentadas por las escuelas.
9.Solicitará al Referente Provincial, con fines de control, el envío de toda la documentación respaldatoria de los informes de rendición, en aquellos casos en que así lo considere necesario.
B.El Referente Provincial realizará las siguientes acciones:
1.A partir de la recepción de la documentación desde el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología e información respecto de la efectiva acreditación de los fondos,  entregará a cada escuela en un plazo no mayor a 10 días corridos:
?La Orden de Pago, certificando la identidad del director de cada establecimiento.
2.En el caso de que existan Ordenes de pago que por alguna razón no puedan ser entregadas para el retiro de los fondos deberán ser remitidas a la Dirección Nacional de Políticas Compensatorias  del MECyT, con nota que justifique su devolución, en un plazo no mayor a 30 días corridos  de la acreditación efectiva de los fondos en las cuentas del Banco Nación.
3.Realizará el control de la documentación correspondiente a cada rendición presentada por las escuelas, elaborando el Informe de rendición  conforme con  las instrucciones que específicamente se dicten, elevando los mismos periódicamente a la Dirección Nacional de Políticas Compensatorias. El informe sobre las rendiciones, deberá ser elevado a la Dirección Nacional de Políticas Compensatorias en un plazo no mayor a 60 días corridos  desde la fecha de acreditación efectiva de los fondos en las cuentas del Banco Nación.
C.Las sucursales del Banco Nación realizarán las siguientes acciones:
1.Recepcionarán la documentación para realizar los pagos.
2.Efectivizarán el pago a cada escuela contra la previa identificación del Director y la firma de la Planilla de Pago y el Recibo de Pago por parte del mismo.
3.Concluidos los pagos, las sucursales remitirán  las Planillas de Pago debidamente firmadas y selladas, a la Dirección Nacional de Programas Compensatorios, en un plazo no mayor a 30 días corridos contados  desde la fecha de acreditación efectiva de los fondos en las cuentas.
D.Las escuelas realizarán las siguientes acciones:
1.Dentro de los diez días corridos contados desde la efectiva acreditación de los fondos en las cuentas del Banco Nación, recibirán la Orden de Pago, de parte del Referente Provincial, donde conste la identificación y cargo del Director.
2.El Director de la escuela se presentará con esta orden dentro de las 48 hs de recibida la misma y con documentación que acredite su identidad y cargo, a la sucursal bancaria correspondiente para retirar el aporte, firmando la Planilla de Pago y el Recibo de pago, quedando en su poder los fondos y  la Orden de Pago.
3.Las escuelas deberán presentar ante el Referente Provincial toda la documentación respaldatoria de la compra de alimentos en original,  según las instrucciones que se especifiquen,  en un plazo no mayor a 35 días corridos  desde el momento en que la escuela haya realizado el efectivo cobro de los fondos en el Banco.

CRITERIOS DE RENDICIÓN

Los criterios específicos de rendición sobre la utilización de estos aportes serán fijados de manera detallada por parte del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología en el corto plazo, fijándose en este Anexo los siguientes criterios generales:

?El recurso financiero deberá ser utilizado solo y exclusivamente para el destino por el cual se entrega mismo. Tampoco podrán cambiar su afectación a otro establecimiento.
?Este aporte deberá ser rendido por la escuela al Referente Provincial en un plazo no mayor a 35 días corridos desde el momento en que se haya realizado el efectivo cobro de los fondos en el Banco, conforme con lo que se especifique en el instructivo de rendición.
?Las facturas de compra originales deberán estar debidamente firmadas y selladas por el Director de la escuela, constando fecha de remisión de las mismas con motivo de su rendición, quedando copia en el establecimiento y  entregando los originales al Referente Provincial.
?Las facturas deben estar emitidas a nombre de la escuela, no teniendo enmiendas ni tachaduras y deben cumplir con todas las normas legales vigentes, factura B o C, con Nº  de CUIT del proveedor, la fecha de compra, el importe escrito en número y letra y el detalle de todo lo adquirido.
?El Referente Provincial deberá confeccionar un legajo por cada escuela, el que contendrá la documentación e informes que se especifiquen en las instrucciones de rendición.
?Cada escuela deberá confeccionar un legajo donde constará toda la documentación relacionada con este aporte (constancias de pago, facturas de compra, presupuestos, etc.) así como la que se especifique en el instructivo de rendición.
?Toda la documentación, tanto en las escuelas como en las oficinas del Referente Provincial, deberá estar a disposición del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología y de los diferentes organismos de control en el momento que se solicite.

Incumplimientos y sanciones

Hasta tanto se dicten las normas e instructivos específicos,  será de aplicación lo previsto en el Título VII de la Resolución Ministerial 1331/97,  Puntos 1.2 y 2.2. en relación con incumplimientos.

Las Normas, Leyes y Reglamentaciones que figuran en este sitio, fueron recogidas por nosotros o enviadas por cooperadores voluntariamente. Le sugerimos que las tome como "modelos" -salvo expresa indicación- pues las mismas pueden ser modificadas y no siempre estarán actualizadas en el momento 

Joomla Template designed by GavickPro