Respuesta sobre Cobro de Franqueo que realiza el Bco. Pcia. Bs.As

El comunicado realizado por la Dirección de Cooperación Escolar se llevó a cabo en torno de la Circular "A" N° 19.363, la cual dice 
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En el marco de las consultas planteadas por las Cooperadoras Escolares, se recuerda a las Casas y Filiales que estas Asociaciones, como entidades sin   fines de lucro, están exentas del cobro de la Comisión por Mantenimiento de Cuenta, Gastos de Emisión de Chequeras, Ingresos Brutos, Sellado e Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) .
Por lo tanto y en razón de la situación creada con las mismas, a partir de la presente deberán proceder a modificar los indicativos correspondientes a los campos de las comisiones e impuestos mencionados de las cuentas corrientes involucradas, así como a reintegrar los importes cobrados en forma indebida de acuerdo con las siguientes instrucciones:
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Nada se menciona sobre Cartillas Bancarias, ello es un servicio y no está la Cooperadora exenta de ello, al igual que de los Gastos de Franqueo $ 1,00 mensual.
Sobre ello, podrá la Cooperadora exigir el envío del resumen mensual a su domicilio, ya que a esos efectos se realiza el débito de Franqueo. Algunas Cooperadoras dicen negarse a pagarlo y no quieren el servicio, pero la verdad que lejos de ser un servicio el costo de Franqueo es imposible eliminarlo, ya que por emisión de movimientos mensuales enviados a domicilio, o bien por extracción electrónica por cajero electrónico, el costo debe abonarse.
El 0810-222-2776 es a los efectos de reclamar la restitución de los fondos mal debitados, si es que  a la fecha no se llevó a cabo.

Modificado por última vez enMiércoles, 12 Octubre 2011 18:46