- Asesoramiento al Jardín 901- Hurlingham

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 HURLINGHAM, 9 de JULIO de 2004

SEÑORA ASESORA
SEÑORA PRESIDENTE ASOCIACIÓN COOP. JARDÍN N° 901
PRESENTE

De mi consideración:

                                    Ampliando el asesoramiento brindado en la reunión mantenida con Uds. en fecha 1/7/04 y cuya síntesis obra en el Libro de Actas de esa entidad, se ha creído conveniente efectuar las siguientes recomendaciones que, a nuestro entender, favorecerán su desenvolvimiento y contribuirá al mejor cumplimiento de los objetivos de cooperación escolar.

                                    En primer lugar es menester recordar que si bien la Comisión Directiva de toda Cooperadora es un cuerpo colegiado y las decisiones se deben adoptar por mayoría, los miembros que la integran tienen bien definidos sus roles, transcribiéndose a continuación los que corresponden a los cargos principales, según Estatuto Modelo:

PRESIDENTE: son sus deberes y atribuciones:

a)       Representar legalmente a la Cooperadora, actuando en su nombre ante las autoridades judiciales y administrativas de cualquier lugar o jurisdicción.

b)       Reunir a la Comisión Directiva para las sesiones de la misma, presidiendo el debate.

c)       Convenir con la Comisión Directiva los días y horarios de las reuniones de la misma.

d)       Presidir las reuniones de Comisión Directiva y desempatar con su voto en caso de empate.

e)       Firmar, conjuntamente con el Tesorero y/o Secretario, órdenes de pago, cheques y demás documentos que importen la creación de derechos y obligaciones.

f)         Revisar mensualmente los Balances de Tesorería.

g)       Cumplir y hacer cumplir el Estatuto y las Resoluciones de Asambleas y de la Comisión Directiva.

h)       Delegar temporariamente el mando en el Vicepresidente durante las sesiones a fin de participar del debate.

SECRETARIO: Son sus deberes y atribuciones:

a)       Redactar y firmar las Actas conjuntamente con el Presidente.

b)       Redactar las comunicaciones, correspondencias y documentación, conservando copias de los mismos en los libros respectivos.

c)       Refrendar la firma del Presidente en todo documento que emane de la Cooperadora.

d)       Citar a los miembros de la Comisión Directiva y darle cuentas de las comunicaciones que se reciban en virtud del cargo que invisten.

e)       Firmar conjuntamente con el Presidente y/o Tesorero, órdenes de pago, cheques y demás documentos que importen la creación de derechos y obligaciones.

TESORERO: son sus deberes y atribuciones:

a)       Recibir dineros que ingresen en caja, siendo responsable directo de lo que recaude.

b)       Recibir de su antecesor, por intermedio del Presidente, bajo inventario, los documentos de créditos y débitos, dinero, muebles y útiles, etc.

c)       Depositar los fondos en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, dentro del plazo y en la forma que se indica en el Art. 23 del presente Estatuto.

d)       Presentar a la Comisión Directiva un balance mensual con comprobantes, el que será refrendado por el Presidente, Secretario y Revisores de Cuentas. {mospagebreak}

e)       Organizar el servicio financiero de la Entidad de acuerdo a los propios recursos y llevar un Libro Rubricado de Tesorería, otro de Registro de Socios y la documentación auxiliar que estime necesaria.

f)         Verificar los pagos ya autorizados por la Comisión Directiva, exigiendo facturas por cada uno de ellos.

g)       Conservar en su poder la suma de dinero en efectivo a que se refiere el Art. 10 del Dto. 4767/72, en su Inc. c), mediante la circunstancia que allí se señala.

h)       Firmar conjuntamente con el Presidente y/o Secretario las órdenes de pago, cheques y demás documentos que importen la creación de derechos y obligaciones.{mospagebreak}

Esta separación de funciones ha tenido como finalidad identificar las tareas que cada uno tiene y evitar que se diluya el nivel de responsabilidades por abarcar todos parte de cada función, sin que esto signifique que no pueda haber una mutua colaboración entre todos los miembros.

En este orden de ideas debe tenerse presente, ante cualquier decisión que deba adoptar la Comisión Directiva, que tiene a su cargo funciones de dirección y administración que le fueron delegadas por los socios de la Entidad y recordar que los bienes y fondos resultan ser patrimonio del conjunto de socios, siendo responsabilidad de la C.D. administrarlos eficientemente y con el grado de transparencia que ineludiblemente debe primar en todos sus actos. Asimismo, deberán ajustar su accionar a las previsiones estatutarias y a las pautas establecidas por el Decreto N° 4767/72 -modif.por el 355/73- conocido como el "Manual o Reglamento para Cooperadoras".

Resulta fundamental que todas las decisiones que se adopten respecto de la aplicación de los fondos deberá quedar reflejada en Actas de reuniones de C.D., no pudiendo disponer, por ningún motivo, apartamientos a las normas y reglamentos señalados. En consecuencia, ninguna decisión, aún cuando sea decidida por la mayoría, podrá ir contra dichas normativas.

Con respecto a las necesidades de mantenimiento y refacciones del edificio escolar, las mismas en primer lugar deben ser planteadas por nota al Consejo Escolar, quien tiene a su cargo fondos específicos como el FUDIE (Fondo Único Descentralizado de Infraestructura Escolar), el que ha sido dispuesto por la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia para atender aspectos tales como electricidad, reposición de vidrios, puertas, recargas de matafuegos, refacciones edilicias, techos, membranas, etc.

Además, todos los trabajos que involucran al establecimiento, deben ineludiblemente contar con el aval y el control técnico-profesional de la Dirección Provincial de Infraestructura, a través de su cuerpo de Inspectores.

La realización de refacciones por parte de la Cooperadora, sin contar con la supervisión del personal especializado de Infraestructura, implicará para los miembros de la Comisión Directiva asumir la plena responsabilidad civil, penal y patrimonial ante cualquier ulterioridad/accidente que se pudiere derivar de las mismas con daño a terceros. Por esta razón, se recomienda observar los procedimientos regulares de solicitud al Consejo Escolar e Infraestructura Provincial.

En lo que hace a gastos no habituales o de cierta significación, deben obtenerse tres (3) presupuestos, debiendo quedar asentado en Acta de reunión de Comisión Directiva cual se aprueba y bajo qué condiciones (precio, tiempo, calidad, garantía, etc.). No pueden participar de las compulsas de precios cotizaciones de los miembros de la Cooperadora y tampoco sus familiares directos, ya que las decisiones de la C.D. dejarían de tener la objetividad pertinente, corriéndose el riesgo de confundirse la esencia voluntaria y solidaria del cooperador con otros intereses.

Se recuerda nuevamente que las autoridades electas en la última Asamblea Anual Ordinaria de socios, tienen vigencia a partir de ese momento, es decir, desde su designación, quedando únicamente pendiente la posibilidad de registrar su firma en el Banco, para el caso del Presidente, Tesorero y Secretaria, hasta tanto sea rubricado el Formulario 10 por la Dirección de Cooperación Escolar, por lo que en estos casos deberá apelarse a la buena voluntad de las autoridades salientes con firma, para acompañar el normal desenvolvimiento de la Entidad.

Por último, deseamos apelar una vez más a todos Uds. para evitar situaciones encontradas y que pudieran derivar en perjuicios para la entidad y para el establecimiento educacional en que se desenvuelven, entendiendo que tanto la buena predisposición que todos deben exteriorizar en busca de la armonía y la integración como la fiel observancia de las disposiciones estatutarias y reglamentarias, algunas de las cuales ya fueron expuestas personalmente y otras refrescadas en este escrito, contribuirán a zanjar diferencias y por sobre todas las cosas a no perder de vista el objetivo principal cual es el mejor bienestar de los chicos.

En la seguridad que los esfuerzos volcados en el asesoramiento brindado a esta Entidad no serán en vano, los saludamos atentamente.

ERNESTO C. de JORGE
Presidente

COPIA: SEÑORA DIRECTORA            
DE COOPERACIÓN ESCOLAR            
D. MIRTA MIRANDA

 editada por www.cooperadoras.com.ar  

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