- El consumo en los comedores escolares

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                  El consumo en los comedores escolares
                  Disposición N° 374. 24/8/95 - DIGECOES

              Art. 1° - Hacer saber a las Conducciones Docentes, Asociaciones
              Cooperadoras y Comisiones de Comedor de los establecimientos
              educativos, que está prohibido el consumo de bebidas gaseosas o
              comidas dentro del comedor escolar en el horario de prestación del
              servicio respectivo, tanto para alumnos becados como pagos, que no
              sean las provistas por este municipio a través de sus
              concesionarios y/o comedores de administración propia.
              Art. 2° - De forma.

Las Normas, Leyes y Reglamentaciones que figuran en este sitio, fueron recogidas por nosotros o enviadas por cooperadores voluntariamente. Le sugerimos que las tome como "modelos" -salvo expresa indicación- pues las mismas pueden ser modificadas y no siempre estarán actualizadas en el momento

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