Resolución No 297/06 - Fondo de Escuela

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Resolución N° 297/06 Fondo de Escuela

LA PLATA, 9 de marzo de 2006

VISTO el Expediente Nº 5847-948900/06, relacionado con la creación del Fondo Escuela y,

CONSIDERANDO:

Que por las presentes actuaciones se propicia la creación de un Fondo Escuela, el cual será asignado a cada establecimiento según el tipo de servicio y su matrícula;

Que tal medida forma parte de la profundización de la descentralización administrativa, aplicada en particular en el Área de Infraestructura Escolar;Que en virtud de ello, el promover aún más el compromiso de las entidades coescolares en el uso y administración de los fondos descentralizados requiere laparticipación comunitaria en el control social sobre dichos recursos;

Que a tales efectos es imprescindible dotar a cada establecimiento de las herramientas que permitan una rápida y oportuna solución a las necesidadesmenores y urgentes referidas al mantenimiento de la infraestructura del establecimiento;

Que de esta forma se descongestiona un importante número de intervenciones hoy tramitadas por medio de los Consejos Escolares, lo que ocasiona una sobrecarga detrabajo en ese ámbito como las consecuentes eventuales demoras en la resolución de intervenciones rutinarias y/o cotidianas;

Que a través de la Dirección Provincial de Infraestructura Escolar se continuará prestando la asistencia técnica que fuera necesaria a los efectos de cumplimentarlos objetivos expuestos;

Que en uso de las facultades conferidas por el artículo 33 inciso e) de la Ley
11.612, puede dictarse el presente acto administrativo;

Por ello,

LA DIRECTORA GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN
R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º: Aprobar la creación del FONDO ESCUELA, el que será asignado a cada establecimiento según el tipo del servicio y su matrícula. Este fondo seinstrumentará mediante el envío del monto asignado por establecimiento, a la respectiva Asociación Cooperadora o en su defecto al Consejo Escolar del distritocon destino específico al establecimiento.-----------------------------------------------

ARTÍCULO 2º: Establecer que para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, se destina la suma de PESOS DOCE MILLONES ($ 12.000.000) delPresupuesto del ejercicio corriente de esta Dirección General de Cultura y Educación.---------------------------------------------------------------------------------

ARTÍCULO 3º: Determinar que el FONDO ESCUELA que se crea por la presente,sólo podrá ser utilizado en el edificio donde funciona el establecimiento y aplicado a os siguientes rubros:

A. Reparación o reposición de cerraduras y/o candados.
B. Reparación de puertas, ventanas y rejas.
C. Reposición de vidrios.
D. Corte de césped, limpieza de canaletas y desagües pluviales.
E. Reposición de rejillas y tapas de cámaras.
F. Recarga de matafuegos.
G. Reposición y colocación de tapas ciegas de electricidad, llaves, tomas y timbres.
H. Reposición de lámparas, tubos y balastros.
I. Reparación o reposición de depósitos o tanques de agua, canillas, fuelles de
sanitarios, flexibles y artefactos.
J. Reparación de bombeadores.

En caso de existir la necesidad de realizar intervenciones de mantenimiento de infraestructura escolar, menores y de emergencia, no contempladas en los rubrosprecedentes, podrán ser consultadas al representante en el distrito de la Dirección Provincial de Infraestructura Escolar en el distrito, o continuar siendo atendidascomo hasta el presente, mediante el uso de otros fondos descentralizados por intermedio del Consejo Escolar.----------------------------------------------------------

ARTÍCULO 4º: Destinar, en el caso que dos o más establecimientos --------------------- compartan un mismo edificio, el importe resultante de la suma de las matrículas de cada establecimiento a la Cooperadora del establecimiento de mayormatrícula.

ARTÍCULO 5º: Determinar que el gasto que demanda la ejecución del FONDO ESCUELA será atendido con la siguiente imputación: PRESUPUESTO GENERALEJERCICIO AÑO 2006 – Ley N° 13.403 – Decreto N° 3340/05 – Jurisdicción 11.220-Jurisdicción Auxiliar 00 – Entidad 050 – Finalidad 3 –Función 4 – Fuente deFinanciamiento 1.1 – ACE 0008 – Partida 5.1.7.001 – Subsidios a Asociaciones
Cooperadoras o Partida 5.1.7.011 – Subsidios a Consejos Escolares.-----------------

ARTÍCULO 6º: Establecer que los fondos remitidos deberán rendirse de acuerdo con lo estipulado en el “Instructivo para la rendición del FONDO ESCUELA” y en elFormulario de Rendición, que como ANEXO I, de una (1) foja, y ANEXO II, de una(1) foja, respectivamente, forma parte integrante de la presente RESOLUCIÓN.-----

ARTÍCULO 7º: La presente RESOLUCIÓN será refrendada por la señora Subsecretaria de Educación y por el señor Subsecretario Administrativo de este Organismo.

ARTÍCULO 8°: Registrar esta RESOLUCIÓN que será desglosada para su archivo en la Dirección de Coordinación Administrativa, la que en su lugar agregará copiaautenticada de la misma. Comunicar a las Subsecretarías de Educación y Administrativa, a la Auditoria General, a las Direcciones Provinciales deInfraestructura Escolar, de Política Socio-Educativa, a la Dirección General de Administración, a la Dirección de Comunicación y Prensa, a la Dirección de ConsejosEscolares y por su intermedio a todos los Consejos Escolares, a la Dirección de Cooperación Escolar y por su intermedio a las Asociaciones Cooperadorascorrespondientes. Cumplido, remítase a la Dirección de Contabilidad y Finanzas a
sus efectos