Mar del Plata Cooperadoras intimadas por la AFIP

Valora este artículo
(0 votos)

Numerosas Asociaciones cooperadoras han sido intimadas por la Afip para que presenten su declaración jurada de impuesto sumada a que ya tienen por la no-presentación en término de una multa de 400$.
Esto sucede puesto que invocan el inciso de a) del art. 31 de la Resolución General 1815. La intimación mencionada se produce a raíz de haberse inscripto inicialmente en forma errónea, ya que  debieron completar el casillero: inciso/s Nº, del formulario 699, con el inciso b) en lugar del f), este error trajo aparejado la pérdida de la  exención.

Esto sucedió en toda la provincia, razón por la cual  la Dirección de cooperación Escolar emitió la circula nº 002 con fecha 13de junio de 2006 que da instrucción de los procedimientos a seguir para que las cooperadoras normalicen esta situación.

La circular instruye que se deberá reunir la siguiente documentación:

  • Certificado de reconocimiento oficial emitido por la Dirección de Cooperación Escolar;
  • Formulario 699, mediante el cual se empadronarán en el Registro de Entidades Exentas, en donde dice ?exención según? deberán colocar Ley nº 20628, artículo nº 20, inciso/s B y en donde dice ?forma jurídica de la entidad?: Cooperadora Escolar
  • Formulario 206/M (multinota), en el que se solicita la exención  al impuesto y también informarán el error cometido en cuanto a la inscripción y solicitaran que se encuadre la asociación en el Art. 28º de la RG 1815, por tratarse de una cooperadora escolar.

Los formularios se pueden bajar de la pagina de la afip www.afip.gov.ar
Fuente: http://www.fecoemardelplata.com.ar